SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 9 DE FEBRERO DE 1.967
Adopción de Escudo heráldico:
Dada cuenta del Decreto de la Alcaldía de fecha cinco del actual mes, acerca de la conveniencia de adoptar el Escudo Heráldico municipal que responda a los hechos históricos más destacados de esta Villa, para que presida los actos oficiales y se estampe en los documentos del Ayuntamiento, y, habiendo de basarse el mencionado blasón, en antecedentes reales, para lo que se precisa realizar un estudio previo de la historia de esta localidad, consultando la biografía que a ella haga referencia y cuantos datos puedan existir en los diferentes archivos, cuya labor, requiere un especial cuidado e idoneidad en la persona o personas que han de llevarlo a cabo, el Ayuntamiento por unanimidad acordó:
Primero.- Aceptar en principio la iniciativa de la Alcaldía y que se instruya al efecto el oportuno expediente, y una vez resuelto y aprobado por esta Corporación, se eleve instancia al Ministerio de la Gobernación, acompañada de certificación del acuerdo que se adopte en su día y un ejemplar del dibujo proyecto del mencionado blasón, a los efectos de la superior aprobación.
Segundo.- Facultar al Sr. Alcalde para que confiera comisión a fin de que estudien los antecedentes históricos y heráldicos correspondientes a los señores Académicos de la Real Academia de la Historia, Ilustrísimos Señores Don José María Martínez Val, en quien concurre además la circunstancia de ser hijo adoptivo de esta villa, Don Ramón José Maldonado y Cocat y Doña Margarita Peñalosa Esteban Infantes, conducente todo ello a recoger cuantas referencias históricas existan en bibliotecas y archivos y que basándose en ellas, formulen la correspondiente Memoria, de la que, acompañada de un diseño o dibujo proyecto del escudo, se dará cuenta a esta Corporación para la resolución que en definitiva proceda, debiendo trasladar este nombramiento a los señores relacionados anteriormente para su conocimiento y manifiesten si aceptan tal designación.
SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 21 DE FEBRERO DE 1.970
Escudo heráldico municipal:
Visto el expediente instruido para la adopción de escudos heráldicos de este municipio para que presida los actos oficiales y sea usado en el sello que se estampe en los documentos del Ayuntamiento.
Resultado:
Que siendo deseo de la Corporación el de poseer un escudo que le corresponde privativamente, se han realizado los estudios e investigaciones pertinentes y aportados con este fin al expediente datos de indudable interés histórico de los que se deduce que la antigua dehesa de "El Pardillo" perteneciente a la Mesa Maestral de la Orden de Calatrava, en cuyo lugar se inició la fundación de esta Villa como consecuencia de la Orden del Rey Don Carlos III, al otorgar sus "Instrucciones" para repoblar Sierra Morena que llevan fecha de 25 de junio de 1.767, de todo lo cual hace referencia la novísima Recopilación (Libro 7º, título 22, de los despoblados y su repoblación). Acordando en primer lugar con el súbdito bávaro Don Juan Gaspar Zurrigiel para trasladar a estos lugares colones alemanes y flamencos a los que se concedía exenciones de tributos y otros privilegios y ayudas; fue luego el famoso Don Pablo de Olavide el encargado de estas nuevas poblaciones por el mismo monarca, poblaciones a las que se unieron muchos españoles labradores y artesanos, todo lo que dio lugar a nuevas villas y poblaciones entre ellas la de Villanueva de San Carlos que tomó el nombre de Villanueva por serlo y el apellido de San Carlos en honor de aquel Rey Don Carlos III de grata memoria.
Resultando:
Que recogiendo los hechos más destacados del pasado, merecedores de ser fijados en el escudo de esta Villa, se ha formado un boceto en que se interpretan fielmente los aludidos hechos y en cuyos cuarteles puede observarse: Escudo cortado en el primer cuartel, en campo de azur, tres flores de lis de oro puestas dos y una, bordado de gules que son las armas de la Casa de Borbón-España, como propias del Rey Carlos III, fundador de la Villa; segundo cuartel, en plata, la Cruz de Calatrava, en cuyas tierras propias estaba la vieja dehesa de "El Pardillo" y a cuya Orden en lo espiritual, siguió perteneciendo. Al timbre corona real moderna.
Considerando:
Que el bosquejo histórico unido al expediente, del que se han escogido los elementos en que se basan los emblemas del escudo proyectado, ha sido redactado por personal competente con datos tomados de la novísima Recopilación, por lo que merece crédito y puede reputarse de verdadero y exacto cuanto en él se relata.
Considerando:
Que entre las atribuciones del Ayuntamiento Pleno, enumeradas en el apartado b) del artículo 121 de la vigente Ley de Régimen Local de 16 de diciembre de 1950, texto refundido de 24 de junio de 1955, figura la de adoptar o modificar su escudo o emblema, para lo que ha de cumplirse lo dispuesto en los artículo 300 y 301 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales de 17 de mayo de 1952.
El Ayuntamiento por unanimidad, acuerda:
1.- Aprobar el escudo heráldico de esta villa tal como aparece en el diseño unido al expediente.
2.- Facultar a la Alcaldía, para que eleve al Ministerio de la Gobernación la oportuna instancia acompañada de certificación de este acuerdo y le de un ejemplar del dibujo-proyecto del mencionado blasón a los efectos de la superior aprobación.